Baja Temporal
¿Qué es?
Si el vehículo va a estar mucho tiempo parado, pero quiere conservarlo, tiene la posibilidad de darlo de baja temporalmente y así ahorrarse los costes de mantenimiento.
Este tipo de baja está pensada para aquellos vehículos que por el motivo que sea, no van a circular durante un largo periodo de tiempo, pero que es posible vuelvan a hacerlo en el futuro.
Situación durante una baja temporal
- Tiene un carácter temporal, con una duración máxima de un año, antes de la finalización de la baja se podrá solicitar una prórroga que tendrá una duración de un año, sin que exista un límite al número de prórrogas que pueda encadenar, la cual podrá solicitarse hasta dos meses antes de la finalización de la actual.
- En el momento de finalización del plazo, el vehículo volverá de manera automática a la situación de alta administrativa con todas las implicaciones que ello tiene.
- Si finalmente decide que no va a usarlo nunca más, podrá solicitar la baja definitiva.
- El vehículo durante este tiempo estará exento de pagar el impuesto municipal de circulación.
- Si va a guardar el vehículo en una propiedad privada y no va estar en la vía pública, no es necesario que el vehículo esté al día con la itv, ni tener el seguro obligatorio en vigor.
Documentación necesaria
- Personas físicas: DNI.
- Personas jurídicas: CIF y documento de representación de la entidad. (Descargar)
- Permiso de circulación.
- Ficha de inspección técnica.
- Documento de baja temporal dgt. ( Descargar )
- Documento de representación gestoría. ( Descargar )

