Transferencia de Vehículos
¿Qué es?
La transferencia constituye el trámite mediante el cual se comunica a la Dirección General de Tráfico la venta de un vehículo matriculado en España, bien mediante compraventa o bien mediante otros actos como pueden ser, una herencia, una donación o una adjudicación en subasta judicial o administrativa.
Cargas
Antes de realizarla hay que comprobar que el vehículo es transferible, en este sentido, ha de estar dado de alta y al día con el pago de los impuestos locales y de sanciones, la existencia de una reserva de dominio, embargo o una orden de precinto puede acarrear ciertas limitaciones a la hora de realizar la transferencia o notificación de venta.
Pago, exención o no sujeción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)
Antes de realizar el cambio de titularidad, debes justificar el pago, exención o no sujeción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (Itp) de la Comunidad Autónoma donde tenga el comprador su domicilio fiscal, es necesario presentar el modelo 620, salvo que el vendedor sea un empresario en el ejercicio de su actividad, en cuyo caso se aportará factura.
¿Puedo transferir una vehículo que tiene un embargo?
Con un embargo es posible realizar, tanto la transferencia, como la notificación de venta, pero es necesario presentar, en ambos casos, un documento firmado por el comprador en el que se indique que está al tanto de la situación de dicho embargo o que esta circunstancia quede claramente reflejada en el contrato de compraventa.
¿Puedo notificar de venta de un vehículo con un precinto?
A raíz de un embargo puede producirse el precinto, en estos casos es posible realizar tanto la transferencia, como la notificación, sin embargo no podrá expedirse el permiso de circulación del vehículo transferido, por lo que no se podrá circular con él hasta que se proceda a su cancelación.
Documentación necesaria
- Personas físicas: DNI.
- Personas jurídicas: CIF y documento de representación de la entidad.
- Contrato de compraventa o factura si se trata de personas jurídicas.
- Permiso de circulación.
- Ficha de inspección técnica.
- Documento de transmisión del vehículo DGT.
- Documento de representación gestoría.

